AuditPrevide

Cuándo se realiza

La primera AUDITORÍA del sistema de prevención de la empresa deberá llevarse a cabo dentro de los doce meses siguientes al momento en que se disponga la planificación de la actividad preventiva.

Deberá ser repetida cada cuatro años, excepto para empresas que realicen actividades de especial peligrosidad (Anexo I RD 39/1997 RSP) cuyo plazo será de dos años.

Los plazos podrán prorrogarse en algunos supuestos y de conformidad con los representantes de los trabajadores.

En todo caso, la auditoría deberá realizarse cuando así lo requiera la autoridad laboral previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, en su caso, de los órganos técnicos en materia preventiva de las comunidades autónomas.